El año inició con un golpe internacional tremendo: la “Operación Resolución Absoluta”. En la madrugada del 3 de enero, el gobierno estadounidense bombardeó Caracas y capturó y extrajo ilegalmente a Nicolás Maduro. The New York Times reportó, al 5 de enero, al menos 80 muertos, entre militares y civiles.
Considero que Maduro es un dictador bajo el cual Venezuela ha caído en la ruina económica y que constantemente ha violado los Derechos Humanos y políticos de los venezolanos. Su régimen ha sistematizado la censura y la persecución de disidentes, sumando 902 presos políticos (cifras de la organización Foro Penal, 20 de diciembre de 2025). De acuerdo con el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), actualmente hay 7.9 millones de venezolanos viviendo fuera de su país por la crisis económica, política y humanitaria.
A pesar de mi rechazo al gobierno bolivariano, también condeno la atroz operación militar estadounidense en el país caribeño. Históricamente, distintos gobiernos de Estados Unidos de América (EE.UU.) se han sentido con la “obligación” moral de “defender” al resto del continente bajo la polémica Doctrina Monroe: “América para los americanos”. El problema es que esta Doctrina originalmente se presentó para defender a los países americanos de intervenciones extranjeras europeas; a pesar de ello, terminó por ser una justificación para que los mismos EE.UU. intervinieran en las decisiones políticas de los países latinoamericanos.
La obra dramática “La tempestad”, de William Shakespeare, nos ofrece a una dupla de personajes que ha sido analizada a posteriori bajo una lógica dialéctica de colonialismo-imperialismo y que refleja la relación entre EE.UU. y Latinoamérica: Próspero y Calibán. Próspero, el exiliado y legítimo duque de Milán —a quien se retrata como un mago sabio que domina a los espíritus del mundo—, ha conquistado mediante artimañas la isla que originalmente pertenecía a Sycorax y a su hijo Calibán, un ser salvaje, primitivo y deforme. La relación entre estos personajes posteriormente se ha interpretado como la tensión que surge de la dualidad entre el colonizador y el nativo, entre el dominio y la resistencia, entre la tecnología y la naturaleza:
“PRÓSPERO: ¡Esclavo ponzoñoso, engendrado por el mismo diablo en malvada madre, ven aquí!
CALIBÁN: Para mí es hora de comer. Esta isla me pertenece por Sycorax, mi madre, y tú me la has robado. Cuando llegaste aquí, me acariciaste, me adulaste, me diste agua con bayas, y me enseñaste los nombres de la luz mayor y la pequeña, que alumbran el día y la noche; y así fue como te amé y te mostré las cualidades de la isla, las fuentes de agua dulce, los pozos salados, las tierras fértiles y las baldías… ¡Que murciélagos, escarabajos, sapos y todos los hechizos de Sycorax caigan sobre ti! Pues no tienes más súbditos que yo, que antes de eso fui mi propio rey, y aquí me apartas como un cerdo en esta dura roca, despojado del resto de la isla”.
Podemos equiparar a Donald Trump con Próspero: una figura de falso profeta civilizador, con pulsiones de dominio, que tiene como uno de sus fines someter a otras naciones y extraer sus riquezas naturales.
Me parece hipócrita que, en un primer momento, Trump justificara la detención jurídicamente —juzgar a Maduro en los EE.UU. por “narcoterrorismo”—, y que posteriormente, con el cinismo que lo caracteriza, diera una explicación económica: van por el petróleo. Se estima que Venezuela cuenta con 303 mil millones de barriles de crudo, la mayor reserva petrolera a nivel global.
No es la primera vez que EE.UU. interviene militar e ilegalmente en la historia, y muy probablemente tampoco será la última.
Hagamos memoria.
En 1933, con el propósito de instaurar la “política del buen vecino” y limpiar su imagen de estado imperialista, Franklin D. Roosevelt promovió la firma de la Convención sobre Derechos y Deberes de los Estados (Convención de Montevideo) ante la Séptima Conferencia Internacional de los Estados Americanos. En el artículo 4º de la Convención se estableció la igualdad jurídica de los Estados:
“Artículo 4. Los Estados son jurídicamente iguales, disfrutan de iguales derechos y tienen igual capacidad para ejercitarlos. Los derechos de cada uno no dependen del poder de que disponga para asegurar su ejercicio, sino del simple hecho de su existencia como persona de Derecho Internacional”.
El artículo 8º prohíbe la intervención en los asuntos internos y externos de otro:
“Artículo 8. Ningún Estado tiene derecho de intervenir en los asuntos internos ni en los externos de otro”.
El artículo 10º establece como interés primordial de los Estados firmantes la conservación de la paz, cualquier divergencia suscitada debe arreglarse pacíficamente:
“Artículo 10. Es interés primordial de los Estados la conservación de la paz. Las divergencias de cualquier clase que entre ellos se susciten deben arreglarse por los medios pacíficos reconocidos”.
La Convención está ratificada por EE.UU., por lo que su observación es obligatoria para este país.
Por su parte, la Carta de las Naciones Unidas propone en el artículo 1º como uno de sus objetivos el mantenimiento de la paz:
“Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz”.
Cualquier existencia de una amenaza internacional a la paz debe ser determinada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (artículo 39 de la Carta), el cual podrá instar a las partes a cumplir con medidas provisionales para mantener la paz (artículo 40) y establecerá medidas que no impliquen el uso de la fuerza armada para solucionar el conflicto (artículo 41). Si ninguna de estas instancias cumple su cometido, ahora sí, podrá buscar la paz por medio de la fuerza conforme al artículo 42 de la Carta:
“Si el Consejo de Seguridad estimare que las medidas de que trata el Artículo 41 pueden ser inadecuadas o han demostrado serlo, podrá ejercer, por medio de fuerzas aéreas, navales o terrestres, la acción que sea necesaria para mantener o restablecer la paz y la seguridad internacionales. Tal acción podrá comprender demostraciones, bloqueos y otras operaciones ejecutadas por fuerzas aéreas, navales o terrestres de Miembros de las Naciones Unidas”.
Sin embargo, hace tiempo que estas obligaciones internacionales son insignificantes para el Tío Sam. Hace 50 años, el Comité Church (nombrado así por su presidente, Frank Church) del Senado de EE.UU. investigó las operaciones y abusos de los servicios de inteligencia y seguridad en contra de líderes extranjeros, ordenados desde el Despacho Oval. Entre 1975 y 1976, el Comité publicó 14 reportes detallando complots para derrocar gobiernos, golpes de Estado, así como para acabar con la vida de políticos incómodos para el gobierno estadounidense.
El reporte del Comité Church para el caso de Chile es desolador. La fobia antiizquierdista del presidente Richard Nixon, sumado a su temor por la nacionalización de la industria del cobre —Chile es el principal productor de cobre en el mundo—, condujeron a que su gobierno limitara el crédito al gobierno chileno y a incrementar el apoyo tanto en recursos como en formación a las fuerzas armadas de este país.
Los reportes del Comité Church informan que desde el 15 de septiembre de 1970 —antes de que Allende rindiera protesta—, Nixon se reunió en la Casa Blanca con Henry Kissinger, Richard Helms (director de la CIA) y John Mitchell (Fiscal general), para “urgir a Helms para que hiciera cuanto pudiera para impedir que Allende llegara al poder”.
Ante los intentos infructuosos de evitar que se constituyera el gobierno de coalición de Unidad Popular, el siguiente paso fue su derrocamiento mediante el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973, que culminó con el bombardeo al Palacio de la Moneda y la muerte del presidente Salvador Allende. Lo anterior, a pesar de los esfuerzos de Allende de mediar por la vía pacífica e institucional el tema de la compensación a las mineras estadounidenses.
Posteriormente, el dictador Augusto Pinochet desnacionalizó el cobre, revirtiendo las medidas de Allende. Como parte de su labor para esclarecer las violaciones graves a Derechos Humanos durante esta dictadura militar —auspiciada por el gobierno estadounidense y que duró de 1973 a 1990—, la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación registró 2,296 personas asesinadas y 3,400 personas desaparecidas.
El caso chileno y el venezolano son distintos, empezando por la naturaleza democrática del gobierno chileno y la dictatorial de Maduro. Sin embargo, hay un leitmotiv: la intervención ilegal estadounidense y su insaciabilidad por recursos económicos. Dudo mucho que a Trump le importe el pueblo venezolano y su libertad, aunque reconozco que el devenir de Venezuela es incierto. Espero que la ciudadanía de este país se apropie soberanamente de su gobierno y su destino. Por lo pronto, ya inició la liberación de los presos políticos.
En 1904, Rubén Darío escribió estos versos dedicados A Roosevelt. A más de 120 años, bien podría dedicárselos A Trump:
Eres los Estados Unidos,
eres el futuro invasor
de la América ingenua que tiene sangre indígena,
que aún reza a Jesucristo y aún habla en español.
[…]
Crees que la vida es incendio,
que el progreso es erupción;
en donde pones la bala
el porvenir pones.
No.
Los Estados Unidos son potentes y grandes.
Cuando ellos se estremecen hay un hondo temblor
que pasa por las vértebras enormes de los Andes.
Si clamáis, se oye como el rugir del león.
